Al ser la venta a red una actividad económica, son de aplicación las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 del texto refundido de la Ley del I.R.P.F.
La deducción en la cuota que pueden aplicar los contribuyentes titulares de actividades económicas en régimen de estimación directa, en cualquiera de sus dos modalidades, normal o simplificada, para Inversiones medioambientales asciende al 8% (aplicable para 2007) . El límite conjunto de todas las deducciones es el 35%. Este límite debe aplicarse sobre la cuota que resulte de minorar la suma de las cuotas íntegras, estatal y autonómica o complementaria, (casillas 681 y 682 de la página 11 de la declaración) en el importe total de las deducciones por inversión en vivienda habitual y por deducciones por protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial (casillas 687 a 698 y 683 y 684, respectivamente, de la misma página 11). Las cantidades no deducidas podrán aplicarse, respetando igual límite, en las declaraciones de los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos.
Dentro de inversiones medioambientales se incluyen las instalaciones y equipos para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables, con lo que el productor de energía que realice la inversión en placas solares tendrá derecho a la deducción.
Nuestra inversión en placa solar ha de cumplir los requisitos que se especifican en el artículo 39 del texto refundido de la ley del Impuesto sobre Sociedades que establece que:
Que las inversiones tengan por objeto específico alguna de las finalidades indicadas en la ley. Dentro de las instalaciones y equipos para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables una finalidad es el aprovechamiento de la energía proveniente del sol para su transformación en calor o electricidad.
En el caso de que las inversiones no tengan por objeto exclusivo alguna de las citadas finalidades, deberá poderse identificar la parte de las mismas destinadas a la protección del medio ambiente.
Que la inversión se lleve a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados con la Administración competente en materia medioambiental.
No dará derecho a deducción la parte de inversión financiada con subvenciones.
Si la inversión se realiza en Canarias: 24% de deducción (para 2007) . En el caso de Canarias El límite conjunto sobre la cuota (70% para inversiones medioambientales) es independiente del que corresponda por las inversiones acogidas al Régimen General de deducciones y a los restantes Regímenes Especiales recogidos en el anexo C de la declaración Ordinaria (modelo D-100).
Consiga un ahorro fiscal del 8% (24% en Canarias) si realiza la inversión en 2007.
No olvide que la parte financiada con subvenciones no da derecho a deducción.
Ventajas fiscales de invertir en energías renovables
Una inversión rentable y segura
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